La legislación considera accidente laboral a toda lesión corporal o alteración funcional, de carácter permanente o temporal o incluso la muerte sufrida por parte del trabajador, a consecuencia de la labor realizada.
En nuestro Despacho de Abogados Laboristas en Alicante, valoramos todas las posibles exigencias a las que todo trabajador tiene derecho, nos comunicamos y negociamos con las mutuas de accidentes y aseguradoras hasta conseguir la indemnización que corresponda al trabajador, y comenzamos todos los trámites pertinentes promoviendo el reconocimiento al empleado o bien el perdón a la empresa de todas las sanciones o recargos oportunos.
Son muchos los motivos que provocar los tan temidos accidentes de trabajo: inexperiencia y desconocimiento del riesgo por parte del trabajador por lo que es importante ofrecer una formación adecuada en prevención de riesgos laborales; mucha confianza durante la realización de las tareas; tensión psíquica y estrés emocional que favorecen la disminución de prestar atención en el trabajo a desempeñar, etc.
Accidentes laborales
Están considerados como Accidentes Laborales:
Aquellos accidentes ocasionados en labores ejecutadas a pesar de que sean diferentes a las habituales.
Accidentes o lesiones producidas durante las horas de actividad laboral y en el lugar de trabajo.
Accidente “In itinere”, es decir aquel accidente que el trabajador o trabajadora sufre al ir al puesto de trabajo o volver de el.
Los accidentes ocurridos en actos de salvamento relacionados con el trabajo.
Los accidentes sufridos por el trabajador en el recorrido que deba de realizar para desempeñar la tarea. Son los llamados accidentes en misión.
Los accidentes provocados a consecuencia de desempeñar el cargo electivo de carácter sindical, así como también los que suceden al ir o volver del lugar donde se realizan las funciones.
Todo trabajo ejecutado por el trabajador que aun siendo diferente al de su categoría profesional, sea realizado en cumplimiento de las órdenes del jefe.
Las enfermedades que se produzcan motivadas por el desempeño de la actividad laboral.
Enfermedades anteriores que se agravan a raíz de un accidente laboral.
Toda clase de lesiones psíquicas (estrés laboral, agotamiento psíquico, acoso laboral) que el trabajador sufra durante el tiempo de trabajo.
No tienen la consideración de Accidente de Trabajo:
Aquellos accidentes provocados por una temeraria imprudencia por parte del trabajador es decir no ha respetado las normas, ni instrucciones dadas por la empresa en materia de Seguridad e Higiene.
Cuando de manera maliciosa, consciente y voluntaria el trabajador provoca un accidente con el objetivo de conseguir una prestación.
Accidentes provocados a consecuencia de la actuación de otra persona.
Los accidentes provocados por un fenómeno de la naturaleza que no guarde relación con el trabajo.
Tipos de accidentes de trabajo
Los diferentes tipos de accidentes que pueden ocurrir en el trabajo pueden agruparse en:
Accidentes por caídas: caída de objetos, caídas de altura, caída de sillas, escaleras, etc.
Desgaste por toda una serie de movimientos repetitivos. En este tipo de trabajo el trabajador realiza la misma acción durante su jornada laboral pudiendo desencadenar lesiones como tendinitis, el síndrome del túnel carpiano, etc.
Accidentes por contacto o exposición a temperaturas extremas, a sustancias químicas, a radiaciones, a gases tóxicos, etc.
Accidentes desencadenados por golpes o sobreesfuerzos, posturas forzadas, movimientos bruscos, etc.
El Código Penal castiga toda clase de conducta por parte de los empresarios contraria a la normativa laboral; pero no toda la conducta por parte de la empresa sancionable forma parte de un delito.